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¿Cómo se debe interpretar el Convenio 175 de la OIT?

Sandra Vi
26 de julio, 2021

Después de que la Corte de Constitucionalidad revocó la suspensión del reglamento para contratar a personas en tiempo parcial, Augusto Valenzuela, Consultor Laboral, da algunos criterios para entender el contenido de la normativa del Reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El contrato de trabajo tiempo parcial es como cualquier otro, la única diferencia es que la jornada es pactada por hora, lo que significa que no tiene que ser la mitad de la jornada normal. Esto dependerá de las necesidades productivas de cada empresa, indica Valenzuela.

Agrega que una de las primeras dudas que le surgió a los empresarios con la aprobación del reglamento del Convenio 175 fue si al contratar a los trabajadores lo correcto era hacerlo bajo el concepto de horas fijas o variables.

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“Según mi criterio, deberíamos indicar un número de horas para un período determinado. Por ejemplo 20 horas a la semana. Esto le da certeza a las partes, empleadora y trabajadora, esas son horas fijas”, explica Valenzuela.

Agrega que también es posible pactar horas variables, lo cual dependerá de la necesidad de producción de la empresa, “esto no sería contrario a lo que dice el reglamento. Sin embargo el Ministerio de Trabajo considera que debería indicarse un número de horas fijas al contrato de Jornada Reducida, aunque en el reglamento, insisto, no está estipulado”.

“Es decir, ya existe la libertad para contratar por un número de hora determinado. Un parámetro de horas mínimas podrían ser 3 o 4 horas. Recomiendo que se alejen de forma mínima de la jornada máxima (6,7,8 horas o 42, 44 y 36 horas) que esta establecida en Guatemala, para evitar que en un momento determinado se interprete como una simulación”, explica el consultor.

Interpretación del Convenio 175

¿Se puede trasladar a un trabajador de una jornada laboral a otra? según Valenzuela sí es viable. “Lo que el reglamento establece es que debe haber voluntad de parte del trabajador, a nadie se le puede obligar. Y todo debe quedar por escrito como constancia del arreglo del convenio laboral”.

Agregó que es necesario que el empresario avise al Ministerio de Trabajo del cambio de tipo de contrato. Si esto no se realiza, se incurre en una omisión, y la autoridad podría emitir una multa.

Sectores beneficiados con el trabajo a tiempo parcial

Juan Carlos Tefel, expresidente del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif), afirma que con el reglamento devuelve vigencia al trabajo a tiempo parcial se crean oportunidades para los empresarios y para los trabajadores.

“El sector empresarial y los trabajadores serán los más beneficiados con el Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT. Muchos jóvenes podrán trabajar y estudiar. Las amas de casa también tendrán la oportunidad de trabajar por horas, así como las personas de la tercera edad“, dijo Tefel.

Agregó que algunos de los sectores e industrias que se beneficiarán con la aprobación del reglamento del Convenio 175 son Contact Center & Business process outsourcing (BPO).

“En Guatemala existe un plan para crear más de 90 mil empleos en los próximos cinco años”, recuerda el empresario.

“La industria de gastronomía y restaurantes también se beneficiarán, sobre todo, en esta época de pandemia porque podrán contratar por hora a los meseros o cocineros. De igual forma sucederá con los trabajos estacionales que genera el turismo“, finaliza Tefel.

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Después de que la Corte de Constitucionalidad revocó la suspensión del reglamento para contratar a personas en tiempo parcial, Augusto Valenzuela, Consultor Laboral, da algunos criterios para entender el contenido de la normativa del Reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El contrato de trabajo tiempo parcial es como cualquier otro, la única diferencia es que la jornada es pactada por hora, lo que significa que no tiene que ser la mitad de la jornada normal. Esto dependerá de las necesidades productivas de cada empresa, indica Valenzuela.

Agrega que una de las primeras dudas que le surgió a los empresarios con la aprobación del reglamento del Convenio 175 fue si al contratar a los trabajadores lo correcto era hacerlo bajo el concepto de horas fijas o variables.

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“Según mi criterio, deberíamos indicar un número de horas para un período determinado. Por ejemplo 20 horas a la semana. Esto le da certeza a las partes, empleadora y trabajadora, esas son horas fijas”, explica Valenzuela.

Agrega que también es posible pactar horas variables, lo cual dependerá de la necesidad de producción de la empresa, “esto no sería contrario a lo que dice el reglamento. Sin embargo el Ministerio de Trabajo considera que debería indicarse un número de horas fijas al contrato de Jornada Reducida, aunque en el reglamento, insisto, no está estipulado”.

“Es decir, ya existe la libertad para contratar por un número de hora determinado. Un parámetro de horas mínimas podrían ser 3 o 4 horas. Recomiendo que se alejen de forma mínima de la jornada máxima (6,7,8 horas o 42, 44 y 36 horas) que esta establecida en Guatemala, para evitar que en un momento determinado se interprete como una simulación”, explica el consultor.

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¿Se puede trasladar a un trabajador de una jornada laboral a otra? según Valenzuela sí es viable. “Lo que el reglamento establece es que debe haber voluntad de parte del trabajador, a nadie se le puede obligar. Y todo debe quedar por escrito como constancia del arreglo del convenio laboral”.

Agregó que es necesario que el empresario avise al Ministerio de Trabajo del cambio de tipo de contrato. Si esto no se realiza, se incurre en una omisión, y la autoridad podría emitir una multa.

Sectores beneficiados con el trabajo a tiempo parcial

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“El sector empresarial y los trabajadores serán los más beneficiados con el Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT. Muchos jóvenes podrán trabajar y estudiar. Las amas de casa también tendrán la oportunidad de trabajar por horas, así como las personas de la tercera edad“, dijo Tefel.

Agregó que algunos de los sectores e industrias que se beneficiarán con la aprobación del reglamento del Convenio 175 son Contact Center & Business process outsourcing (BPO).

“En Guatemala existe un plan para crear más de 90 mil empleos en los próximos cinco años”, recuerda el empresario.

“La industria de gastronomía y restaurantes también se beneficiarán, sobre todo, en esta época de pandemia porque podrán contratar por hora a los meseros o cocineros. De igual forma sucederá con los trabajos estacionales que genera el turismo“, finaliza Tefel.

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